La Diputación de Ciudad Real destina 295.000 euros a asociaciones sin ánimo de lucro para proyectos y equipamiento de carácter social

Hay que destacar que el importe de la subvención en este caso, dado que la convocatoria es de concurrencia competitiva, es, a priori, incierto en su cuantía, por lo que se aconseja contar con el importe prácticamente íntegro y garantizado para la adquisición del vehículo.

La Diputación provincial, presidida por José Manuel Caballero, ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia con fecha 3 de marzo la convocatoria de subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos y la dotación de equipamiento de carácter social.

A las ayudas de esta convocatoria, que cuenta con un presupuesto de 295.000 euros, podrán acceder asociaciones de familiares y/o personas con discapacidad psíquica, física y sensorial y/o enfermedades crónicas; asociaciones para la prevención y tratamiento de drogodependencias y otras conductas adictivas y asociaciones pro-minorías étnicas e inmigración. Todas las entidades concurrentes deben disponer de domicilio social en la provincia de Ciudad Real.

Las entidades podrán solicitar estas subvenciones tanto para el desarrollo de proyectos como para adquirir equipamiento de carácter social, incluyendo la adquisición de vehículo, en cuyo caso se tendrá que tener en cuenta que la finalidad del mismo sea el transporte de las personas usuarias de la asociación. Hay que destacar que el importe de la subvención en este caso, dado que la convocatoria es de concurrencia competitiva, es, a priori, incierto en su cuantía, por lo que se aconseja contar con el importe prácticamente íntegro y garantizado para la adquisición del vehículo.

Las bases de la convocatoria establecen que quedan excluidas de la misma todas las fundaciones, federaciones y confederaciones de Asociaciones, así como aquellas entidades que aún siendo sin ánimo de lucro, no se dediquen de forma exclusiva a trabajar con los colectivos señalados para dar respuesta a la problemática específica que su situación genera. Asimismo, quedan excluidas las entidades que mantengan para el presente ejercicio presupuestario alguna fuente de financiación de la Diputación provincial. Dicha exclusión no aplicará cuando se trate de subvenciones cuya finalidad sea financiar actuaciones extraordinarias relacionadas con el COVID-19. Por otra parte, solo podrán solicitar equipamiento aquellas asociaciones que dispongan de local permanente para uso exclusivo de la entidad.

En ningún caso serán gastos subvencionables los derivados del funcionamiento y mantenimiento de las sedes sociales de las asociaciones. Quedan también excluidas las actividades culturales, de ocio y tiempo libre dado que existen líneas de subvención para las mismas en otros servicios de la Diputación.

Por otra parte, en las bases de la convocatoria se aclara que únicamente se podrá solicitar un proyecto por entidad. La cuantía máxima que se podrá conceder por asociación será de 6.000 euros, bien para programas o para equipamiento social.
El plazo de presentación de las solicitudes, que deberá realizarse de forma telemática, es de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Advertisement Advertisement Advertisement Advertisement